lunes, febrero 23, 2026

Félix Bautista somete proyecto de Ley Orgánica de Libertad de Reunión en el Senado

Félix Bautista somete proyecto de Ley Orgánica de Libertad de Reunión en el Senado

Santo Domingo.– El senador por la provincia San Juan, Félix Bautista, sometió ante el Senado de la República el Proyecto de Ley Orgánica de Libertad de Reunión, con el objetivo de regular el ejercicio de este derecho fundamental conforme a la Constitución dominicana y a los estándares internacionales de derechos humanos.

La iniciativa legislativa se sustenta en el artículo 48 de la Constitución, que reconoce el derecho de toda persona a reunirse pacíficamente y con fines lícitos sin permiso previo, así como en diversos tratados internacionales suscritos por la República Dominicana, entre ellos la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El proyecto busca garantizar el ejercicio de la libertad de reunión bajo los principios de legalidad, proporcionalidad, no discriminación, razonabilidad y respeto a la dignidad humana, estableciendo reglas claras para la realización de reuniones y manifestaciones pacíficas tanto en espacios públicos como privados.

Tipos de reuniones y deberes de los organizadores

La propuesta distingue entre reuniones privadas, reuniones públicas y manifestaciones en lugares públicos, incluyendo marchas, concentraciones y protestas. En estos casos, se establece la notificación previa a las autoridades, aclarando que dicha notificación no constituye un requisito de autorización.

Asimismo, se definen los deberes de organizadores y participantes, quienes deberán garantizar el carácter pacífico de las actividades, proteger los bienes públicos y privados y colaborar con las autoridades para preservar el orden y la seguridad ciudadana.

Rol de las autoridades y uso de la fuerza

El proyecto regula la actuación de las autoridades, especialmente de la Policía Nacional, cuya intervención deberá limitarse a garantizar el ejercicio del derecho de reunión, proteger a los participantes y a terceros, y mantener el orden público, siempre bajo criterios de necesidad, legalidad y proporcionalidad.

En cuanto al uso de la fuerza, la iniciativa establece que solo podrá aplicarse como último recurso y de manera gradual, quedando prohibido el uso arbitrario de armas o mecanismos que pongan en riesgo la vida y la integridad de las personas.

Régimen de responsabilidades y sanciones

La pieza legislativa contempla un régimen de responsabilidades para organizadores y participantes que incurran en actos violentos, daños a la propiedad o alteraciones graves del orden público, así como sanciones para las autoridades que vulneren el derecho de reunión mediante actuaciones abusivas o ilegales.

Adecuación normativa

De ser aprobada, la ley derogaría disposiciones contrarias contenidas en normativas anteriores, incluyendo artículos del Código Penal y de leyes especiales, con el propósito de armonizar el marco legal dominicano con la Constitución vigente y los compromisos internacionales del país.

El senador Félix Bautista destacó que esta iniciativa procura fortalecer la democracia, garantizar los derechos fundamentales y ofrecer seguridad jurídica tanto a la ciudadanía como a las autoridades, promoviendo una convivencia pacífica y el respeto al Estado de derecho.

📲 ¡DALE CLICK! | Para más información, toca el enlace en la bio.

#periódicoclick #republicadominicana

Santo Domingo.– El senador por la provincia San Juan, Félix Bautista, sometió ante el Senado de la República el Proyecto de Ley Orgánica de Libertad de Reunión, con el objetivo de regular el ejercicio de este derecho fundamental conforme a la Constitución dominicana y a los estándares internacionales de derechos humanos.

La iniciativa legislativa se sustenta en el artículo 48 de la Constitución, que reconoce el derecho de toda persona a reunirse pacíficamente y con fines lícitos sin permiso previo, así como en diversos tratados internacionales suscritos por la República Dominicana, entre ellos la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El proyecto busca garantizar el ejercicio de la libertad de reunión bajo los principios de legalidad, proporcionalidad, no discriminación, razonabilidad y respeto a la dignidad humana, estableciendo reglas claras para la realización de reuniones y manifestaciones pacíficas tanto en espacios públicos como privados.

Tipos de reuniones y deberes de los organizadores

La propuesta distingue entre reuniones privadas, reuniones públicas y manifestaciones en lugares públicos, incluyendo marchas, concentraciones y protestas. En estos casos, se establece la notificación previa a las autoridades, aclarando que dicha notificación no constituye un requisito de autorización.

Asimismo, se definen los deberes de organizadores y participantes, quienes deberán garantizar el carácter pacífico de las actividades, proteger los bienes públicos y privados y colaborar con las autoridades para preservar el orden y la seguridad ciudadana.

Rol de las autoridades y uso de la fuerza

El proyecto regula la actuación de las autoridades, especialmente de la Policía Nacional, cuya intervención deberá limitarse a garantizar el ejercicio del derecho de reunión, proteger a los participantes y a terceros, y mantener el orden público, siempre bajo criterios de necesidad, legalidad y proporcionalidad.

En cuanto al uso de la fuerza, la iniciativa establece que solo podrá aplicarse como último recurso y de manera gradual, quedando prohibido el uso arbitrario de armas o mecanismos que pongan en riesgo la vida y la integridad de las personas.

Régimen de responsabilidades y sanciones

La pieza legislativa contempla un régimen de responsabilidades para organizadores y participantes que incurran en actos violentos, daños a la propiedad o alteraciones graves del orden público, así como sanciones para las autoridades que vulneren el derecho de reunión mediante actuaciones abusivas o ilegales.

Adecuación normativa

De ser aprobada, la ley derogaría disposiciones contrarias contenidas en normativas anteriores, incluyendo artículos del Código Penal y de leyes especiales, con el propósito de armonizar el marco legal dominicano con la Constitución vigente y los compromisos internacionales del país.

El senador Félix Bautista destacó que esta iniciativa procura fortalecer la democracia, garantizar los derechos fundamentales y ofrecer seguridad jurídica tanto a la ciudadanía como a las autoridades, promoviendo una convivencia pacífica y el respeto al Estado de derecho.

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