Finjus plantea cambios al Código Penal para proteger la libertad de expresión.

La entidad considera que la definición actual del delito de chantaje podría dar lugar a interpretaciones que afecten el ejercicio periodístico y la denuncia ciudadana.

La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) propuso una revisión del artículo 209 del Código Penal dominicano al entender que su redacción actual presenta vacíos jurídicos que podrían comprometer derechos fundamentales, entre ellos la libertad de expresión y el acceso a la información.

La recomendación forma parte de un análisis elaborado por el vicepresidente ejecutivo de la organización, Servio Tulio Castaños Guzmán, en el que se examina la configuración legal del delito de chantaje y se sugieren ajustes para evitar que la norma sea utilizada de manera indebida contra actividades legítimas relacionadas con el periodismo, la crítica social y las denuncias de interés público.

De acuerdo con el documento, una de las principales preocupaciones radica en la utilización de conceptos amplios y poco definidos dentro del texto legal. En particular, la expresión “beneficio de cualquier naturaleza” es señalada como una formulación que carece de límites precisos, lo que podría abrir la puerta a interpretaciones extensivas por parte de los órganos encargados de aplicar la ley.

La entidad sostiene que esta falta de claridad podría entrar en conflicto con el principio de tipicidad penal, una garantía esencial del sistema jurídico que exige que los delitos y sus sanciones estén descritos de forma específica para evitar decisiones arbitrarias.

Asimismo, Finjus considera que la disposición requiere una mejor delimitación de las circunstancias en las que una conducta puede estar justificada por razones de interés público. Según la organización, la normativa no contempla adecuadamente situaciones vinculadas a la difusión de información veraz, la fiscalización ciudadana o el ejercicio de derechos constitucionales, aspectos que podrían quedar expuestos a procesos penales bajo la redacción vigente.

Otro punto destacado en el análisis se refiere a las sanciones contempladas en el artículo. La institución entiende que algunas penas y agravantes podrían resultar desproporcionadas frente a la naturaleza de determinadas conductas, alejándose de los criterios que orientan el derecho penal contemporáneo.

Además, advierte que la configuración actual del delito podría contradecir el principio de mínima intervención penal, que establece que el poder punitivo del Estado debe utilizarse únicamente para enfrentar las acciones más graves que afecten el orden social.

Ante este panorama, Finjus propone una reforma que defina con mayor precisión los elementos que constituyen el chantaje y que establezca una separación clara entre los actos de extorsión destinados a obtener beneficios ilegítimos y aquellas actuaciones protegidas por la libertad de expresión, la labor informativa y la participación ciudadana.

La organización considera que una modificación legislativa contribuiría a fortalecer la seguridad jurídica, reducir los riesgos de interpretaciones excesivas y garantizar una adecuada protección de los derechos fundamentales dentro del marco constitucional dominicano.

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